El debate sobre el futuro del régimen de promoción de la Ley 19.640 ha sumado un capítulo crítico. El 19 de agosto de 2026, la Cooperativa Renacer presentó una oposición formal ante la C.A.A.E. contra el proyecto de la Asociación de Fábricas Argentinas Terminales de Electrónica (AFARTE) y la Unión Industrial Fueguina (UIF) para modificar el Proceso Productivo Básico (PPB) de los equipos de aire acondicionado.
La denuncia apunta a una progresiva “desnaturalización” del régimen promocional, advirtiendo que se busca conservar los beneficios fiscales mientras se traslada la verdadera actividad industrial fuera de la isla.
1. El conflicto: Transformación sustancial vs. “Kit de armado”
La propuesta de AFARTE y la UIF (presentada originalmente el 16 de junio de 2026) busca que la materia prima ingrese al Área Aduanera Especial (AAE) en estado “CKD” (completamente desarmado), pero con excepciones que desdibujan este concepto.
Según el documento, las grandes marcas pretenden importar subconjuntos que ya ingresan prácticamente terminados y ensamblados en su posición final:
- Unidades compresoras y condensadores ya armados.
- Placas de circuito impreso (PCB) ya finalizadas, soldadas y encapsuladas.
- Tuberías de cobre preensambladas que solo requieren una soldadura de interconexión final.
La Cooperativa Renacer advierte que esto anula los procesos vigentes bajo la Resolución 65/2018, que exige que en la provincia se realicen tareas complejas como la inserción de componentes en placas, el doblado de tubos de cobre, vacío, carga de refrigerante y controles de calidad integrales.
2. El vacío legal: El límite del 50% de valor agregado
Desde el punto de vista jurídico, el reclamo de Renacer se sostiene en los artículos 21, 24 y 26 de la Ley 19.640. La ley exige que para gozar de las exenciones impositivas, debe existir una “transformación o trabajo sustancial” local.
Al ingresar componentes prácticamente listos, la actividad pasa de ser un proceso de “fabricación autónoma” a una simple operación de “armado, montaje o ensamble” (Art. 26, inc. b). Para que la ley autorice este régimen excepcional de ensamble, las empresas deben acreditar de manera fehaciente que el valor agregado generado en Tierra del Fuego supera el 50%. Renacer denuncia que la propuesta de AFARTE y la UIF no contiene ningún análisis técnico ni cuantificación que demuestre el cumplimiento de este requisito.
3. El fantasma de Mirgor: El antecedente de los celulares
El argumento más alarmante del informe es el paralelismo con lo ocurrido en el sector de la telefonía móvil. En 2025, el mismo grupo de actores (AFARTE, UIF y grandes marcas como Newsan, Mirgor, BGH y Newsan) impulsó una modificación similar para los celulares, que derivó en la Resolución 489/2025.
Aquella resolución eliminó la obligación de insertar componentes en la placa principal y redujo el requisito de integración local al piso mínimo legal del 30%. Las consecuencias, según detalla el texto, fueron devastadoras para el empleo en 2026:
- El Grupo Mirgor suspendió y luego desvinculó a 300 trabajadores en su planta de Río Grande.
- El empleo directo e indirecto del régimen de promoción industrial fueguino cayó de aproximadamente 12.000 a un estimado de solo 3.000 puestos activos.
De aprobarse esta medida para los aires acondicionados, Renacer advierte que el proceso de despidos e inactividad en las líneas de ensamble locales se profundizará de manera inmediata.
4. El frente político y judicial
- Rechazo Provincial: El Ministro de Producción y Ambiente de la provincia, Francisco Devita, anticipó públicamente que la provincia no acompañará con su voto en la C.A.A.E. esta modificación, argumentando que destruye el valor agregado local y no fue consensuada. El informe técnico de la Secretaría de Coordinación Productiva de la Nación también arribaría a una conclusión negativa.
- La doctrina de la Jueza Borruto: El documento evoca el criterio de la Jueza Federal de Río Grande, Dra. Mariel Borruto, en una causa colectiva contra terminales automotrices. Borruto dictaminó que los beneficios de la Ley 19.640 no son ventajas corporativas aisladas, sino herramientas de interés público destinadas a un fin superior: poblar la isla, consolidar la soberanía efectiva y asegurar el bienestar general de los fueguinos.
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